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jueves, 15 de enero de 2009

SE VENDE, SE VENDE, SE VENDE……Ó SE ALQUILA

Desde hace varios años cuando leíamos las páginas salmón de los diferentes periódicos estábamos acostumbrados a leer noticias relacionadas con el crecimiento de nuestro país. Todo iba bien y era una maravilla. El problema surgió cuando el pilar base de este crecimiento se derrumbó. El sector de la construcción nos ayudó a crecer durante muchos años pero en estos momentos de crisis tenemos que ser conscientes de que es el sector que más está sufriendo.
Cada día que pasa se engrosa la lista de las promotoras, constructoras y demás empresas de esta rama que se ven obligadas a cerrar. Existen varios problemas que llevan a la quiebra a este tipo de entidades dependiendo de la situación en la que se encuentren. Cuando están construyendo el problema más frecuente es la falta de liquidez para compra materiales y cuando ya han terminado las promociones la dificultad surge cuando no tienen a quién vender las viviendas.
Supongo que tras tantos años maravillosos gracias a este sector en estos momentos alguien tenía que hacer algo para ayudar a que estas entidades vuelvan a resurgir y con ellas el crecimiento del país.
Por este motivo, desde Círculo Gacela nos parece interesante comentar las ayudas que han aprobado en enero de este año. Estas ayudas van encaminadas a solucionar los dos problemas anteriores. En cuanto a la falta de liquidez, el instituto de crédito oficial ha sacado una línea ico-liquidez que ya hemos comentado en anteriores blogs y ante la dificultad que se encuentran cuando tienen las viviendas terminadas, acaba de salir otra línea que es la ico-vivienda.
Para realizar las viviendas, estas empresas se han embarcado en un préstamo promotor de elevadas cantidades. Desde que las viviendas están terminadas van a tener que devolver este préstamo aunque no las vendas, barrera que es la que provoca que las empresas estén completamente ahogadas. La línea anteriormente mencionada intenta aflojar un poco la soga que rodea a las promotoras. Se trata de promover el mercado de alquiler. Si las viviendas que no son capaces de vender se destinan al alquiler podrán financiar como máximo el 50 % del préstamo promotor, con el límite del 70% del valor inicial de la promoción destinada a alquiler. Se financiaría a través de otro préstamo con el tipo de interés ICO con vencimiento 7 años y amortización única a vencimiento. Las condiciones básicas que tienen que cumplir es que las viviendas estén alquiladas con un contrato de duración igual al préstamo por lo que, si en el contrato existe la opción de compra y ésta se ejerce antes del vencimiento, el préstamo se debe cancelar en el momento de la venta. Otra de las condiciones es que deben de solicitar este préstamo en la entidad financiera con la que tienen el préstamo promotor.
Así los carteles que aparecían en las ventas de los edificios se transformarán de “SE VENDE” a “SE ALQUILA” con lo que la soga se aflojaría cada vez más y podremos volver a ver los titulares de crecimiento.

circulo gacela

jueves, 8 de enero de 2009

Una alternativa interesante: El Factoring

En la actualidad son muchas las entidades bancarias que están restringiendo la financiación de circulante a las empresas. ¿Cuál es la causa? Pues que son muchas las sociedades que tienen grandes dificultades para atender sus compromisos de pago, de tal modo que es sólo cuestión de tiempo el que dejen de ser consideradas solventes, por lo que anticiparse a dicha situación puede ser de vital importancia para garantizar la supervivencia de la empresa.

Lo más habitual para financiar circulante es la utilización de líneas de descuento comercial o anticipo de recibos bancarios y pólizas de crédito. Sin embargo existen otras opciones como el empleo del factoring.

Mediante el factoring, la empresa contrata un conjunto de servicios de cobertura de insolvencia, gestión y financiación aplicable a las ventas a crédito realizadas a sus clientes, tanto nacionales como extranjeros. Dichos servicios se ofrecen a partir de la “cesión mercantil ” de las facturas a una entidad bancaria.

El factoring está destinado a todas aquellas empresas pequeñas, medianas o grandes que realicen ventas con pago aplazado entre 30 y 270 días, a aquellas que utilizan la transferencia o el cheque como forma de pago o que cobran por pagaré o letra aceptada, a las sociedades que a parte de la financiación de sus ventas precisan de la cobertura de insolvencia de las mismas, a aquellas que poseen un número limitado de compradores que representan una parte importante de su cifra de ventas, o a empresas en expansión que necesitan financiación para poder seguir creciendo.

Existen diferentes modalidades de factoring:

a)Según los servicios que necesite la empresa:
o Factoring “sin recurso”: dirigido a empresas que venden a otras empresas y que, además de la financiación, quieren asegurarse el cobro de sus ventas a crédito y necesitan contratar la cobertura de insolvencia.
o Factoring “con recurso”: destinada a pequeñas y medianas empresas que necesitan financiación porque venden a grandes empresas o multinacionales que pagan por reposición, o bien que tardan mucho tiempo en disponer de un documento negociable.

b)Según el tipo de deudor que ceda la empresa a la entidad bancaria: sociedad privada nacional, extranjera o sociedad pública.

En general el factoring posee diversas ventajas pues permite a las empresas desenvolverse y crecer con seguridad (en la medida en que sus clientes merezcan los riesgos que se derivan de la venta a crédito), descongestionar su administración (porque no tiene que realizar la clasificación crediticia de los compradores, ni asumir el riesgo de insolvencia, ni gestionar los cobros) y obtener la financiación automática de sus ventas en paralelo a su crecimiento.

Juan V.

circulo gacela